Electores 2018 Costa Rica

Podrán votar en el 2018 aquellas personas que se encuentren debidamente empadronadas en la respectiva junta receptora de votos y que porten su cédula de identidad vigente o con no más de un año de haber vencido al día de la elección.

¿Podría votar una persona que cumpla 18 años el propio día de la elección?

Sí, en tanto haya solicitado su cédula antes del 6 de octubre de 2017 inclusive (cierre del padrón electoral).

¿Cuánto tiempo después de haber obtenido mi carta de naturalización puedo votar?

Las personas naturalizadas costarricenses podrán votar después de doce meses de haber obtenido su carta de naturalización, siempre y cuando hayan solicitado su cédula de identidad antes del cierre del padrón electoral (6 de octubre de 2017).

¿Podrán votar las personas ciudadanas costarricenses residentes en el exterior?

Las personas ciudadanas costarricenses residentes en el exterior podrán votar únicamente en Elecciones Generales o Referéndum; por lo que, en el caso de las Elecciones Presidenciales 2018, estas personas no podrán sufragar.